El Ente Operador Regional (EOR), de conformidad con lo establecido en el numeral 1.5.3.2 literal i), inciso iii) del Libro I del RMER, ha revisado y validado los análisis de seguridad operativa correspondientes, en atención a la solicitud del OS/OM de El Salvador, en donde modifican su capacidad de importación total máxima, en los escenarios de demanda mínima y media, a partir del sábado 01 de febrero de 2025, debido a las condiciones de demanda nacional esperada, así como a las condiciones actuales del despacho de generación disponible y comportamiento del parque de generación eólica, fotovoltaica y geotérmica.
En adjunto se encuentran los documentos para su verificación.