El Ente Operador Regional (EOR), de conformidad con lo establecido en el numeral 1.5.3.2 literal i), inciso iii) del Libro I del RMER, ha revisado y validado los análisis de seguridad operativa correspondientes, en atención a la solicitud del OS/OM de El Salvador, en donde modifican su capacidad de importación debido a condiciones energéticas previstas para el mes de octubre, por lo que el EOR, realizó la verificación considerando el análisis de contingencia N-1 tal como lo establece la resolución CRIE-P-19-2014, los valores que entrarán en vigencia a partir del predespacho del 29 de octubre de 2024.
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